Nota de aplicación
Órdenes escritas giradas por una de las partes, ordenando a una segunda parte pagar una suma de dinero específica a una tercera parte (que puede ser la primera parte); usualmente restringido a transacciones domésticas. Para ordenes de pago similares usadas para transacciones internacionales, prefiera "letra de cambio".
Referencias bibliográficas
- Moliner, María, "Diccionario de uso del Español", vol. 2, Gredos S.A., España, Madrid, 2004, p. I:1395
Términos alternativos
giros (valor negociable)
- "Comité, Plural del término en singular"
Ubicación jerarquía
- Faceta Objetos
- .. comunicación verbal y visual
- .... medios de cambio
- ...... medio de cambio (objeto)
- ........ instrumento negociable
- .......... mandatos de pago
- ............ letra de cambio
- ............ cheque [+]
- ............ garantía de dividendo
- ............ giro (valor negociable)
- ............ carta de crédito
- ............ giro postal