Nota de aplicación
Sede oficial de los ministros extranjeros denominados embajadores designados para tratar negocios internacionales con un gobierno extranjero. Cuando tales sedes son para los ministros designados principalmente para inspeccionar y proteger los intereses económicos del propio país e un país anfitrión, empléese "consulado". Para las residencias oficiales de los ministros extranjero en general, empléese "legación".
Referencias bibliográficas
- "Gran enciclopedia Larousse", Editorial Planeta, España, Barcelona, 1973, p. 7:160
Términos alternativos
embajadas
- "Comité, Plural del término en singular"
Ubicación jerarquía
- Faceta Objetos
- .. Ambiente construido
- .... construcciones individuales
- ...... construcciones individuales
- ........ <construcciones individuales por tipo específico>
- .......... <construcciones individuales por función>
- ............ edificio público
- .............. <edificios públicos por función>
- ................ edificios diplomáticos
- .................. consulado
- .................. embajada